CONSULTA POPULAR EN ECUADOR 2018
PROVISA™ ha preparado una guía sin fijación u orientación política con terminología sencilla con miras a que toda persona pueda tener una idea clara acerca de lo que se le preguntará el 4 de febrero de 2018; le invitamos a que no lo analice.
Se llevará a cabo una importante jornada democrática en Ecuador, que más allá de la concepción propia de las preguntas de la Consulta Popular, en lo objetivo mide el respaldo o animadversión que unos y otros ciudadanos tienen a favor del señor presidente Lenín Moreno Garcés o del ex presidente señor Rafael Correa Delgado, descendiente de Eloy Alfaro Delgado, pues su abuelo fue sobrino nieto de aquel ex presidente, quien fue arrastrado después de muerto por parte del pueblo quiteño y, al parecer la historia pretendería repetirse dado que según Adolfo Sandoval, testigo presencial, en 1911 el supuesto cochero José Cevallos le habría dicho al general "dónde están los millones que has robado viejo sinvergüenza", le dio golpes con un palo que tenía a la mano, lo botó al suelo y con el rifle que habría tenido lo mató con dos tiros, uno en la cara y otro en el ojo; todo lo cual aconteció de un supuesto "traidor"... Coincidencia o no; Ecuador vive momentos difíciles que lo serán más; esta consulta popular en dicho País no hará otra cosa sino sumar los votos por el NO y por el SI; por el SI en apoyo del actual presidente Moreno y por el NO en apoyo del ex presidente Correa y, al ser los dos de una misma tienda política, por lo menos de génesis aunque no actual, se robustece la presencia del llamado socialismo del siglo 21 en Ecuador.
El peligro no es el descrito empero, las preguntas de corte constitucional llevan consigo gran significancia, en la primera básicamente se consulta que se sancione a toda persona condenada por actos de corrupción con su inhabilitación para participar en la vida política del país y con la pérdida de sus bienes, según lo dispuesto en el Anexo 1; en dicho anexo se reforma la Constitución, las leyes orgánicas: electoral (Código de la Democracia), del Servicio Público (LOSEP), Integral Penal (COIP), sin embargo no se tipifica a la corrupción, es decir no se lo determina como delito autónomo, dicho en otras palabras en Ecuador no se puede juzgar ni mucho menos sancionar algo que no se encuentre previamente establecido como delito, por lo que esta pregunta quedará en el simple enunciado.
En la pregunta dos se consulta que, todas las autoridades de elección popular puedan ser reelectas por una sola vez para el mismo cargo, según lo establecido en el Anexo 2 de la misma, sin embargo esto contraviene lo presupuestado por el Art. 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como el derecho al sufragio establecido en el Art. 23.b de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), es más dicha norma obliga a los estados partes incluidos Ecuador según el Art. 1 a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella, de ahí que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su momento exhortará a Ecuador a observar los derechos políticos consagrados y ratificados para todo ser humano, lo cual lo hará sin lugar a dudas principalmente porque uno de sus jueces es Patricio Pazmiño Freire, muy allegado al ex Presidente Correa, pues fue Presidente del Tribunal Constitucional (2007-2008) y Director Nacional de Consultoría de la Procuraduría General de Ecuador, cuyo Procurador también es muy allegado al ex Presidente Correa; es decir otra pregunta que se convierte en un simple enunciado y la clase política del mencionado País lo sabe y lo sabe bien.
En la pregunta tres se consulta si se debe reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como dar por terminado el periodo constitucional de sus actuales miembros, de acuerdo al Anexo 3, es decir que cesan los miembros del actual Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Un cuarto poder inventado en Sur América) y el actual Presidente Moreno será quien determine las personas que conformarán un Conejo Transitorio, es decir que el gato pone al ratón junto al queso, pero el gato se debe al ratón pues caso contrario no existiría, práctica ya vista anteriormente por el ex presidente Correa y ahora la replica Moreno con exactitud; necesaria sí, para palear la gran afectación ética - moral y valorativa de un País devastado con la revolución del Siglo 21 por una década.
A la pregunta cuatro, que consulta, que nunca prescriban los delitos sexuales en contra de niñas, niños y adolescentes, según el Anexo cuarto, la respuesta parece ser obvia, que sí., por los millares de niños supuestamente afectados sexualmente en instituciones educativas públicas y privadas de Ecuador, sin embargo, al ser penado el asesinato según el Art. 140 y 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con hasta 26 años, y cuya pena prescribe al tenor del Art. 75.1 del citado cuerpo normativo en 39 años, es decir que deja de ser justiciable el delito, en otras palabras el delincuente preferirá una vez que violó a la víctima, matarla, sancionado con hasta 22 años por disposición del Art. 171 de la norma invocada que no prescribiría, preferirá -se dice- asesinar a la víctima sean niños o adolescentes; en suma el remedio será peor que la enfermedad que se pretende curar.

A la pregunta cinco que se consulta que se prohíba sin excepción la minería metálica en todas sus etapas, en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos, de conformidad con lo establecido en el Anexo 5, la respuesta indefectiblemente será sí a efectos de salvaguardar el ecosistema y la biodiversidad existente en Ecuador, tomando en consideración que será el Estado o el Gobierno quien decida cuales son las áreas protegidas y cuales las intangibles.
En lo concerniente a la pregunta seis, se consulta al pueblo si se debe derogar la Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos, conocida como "Ley de Plusvalía", según el Anexo respectivo, lo cual a clara luz es evidente que la respuesta será sí, pues a nadie le gusta los impuestos y esto definitivamente dinamizará el sector inmobiliario en Ecuador.
A la pregunta siete que manifiesta que se incrementar la zona intangible en al menos 50.000 hectáreas y reducir el área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional en el Parque Nacional Yasuní de 1.030 hectáreas a 300 hectáreas, la respuesta prácticamente está dada con la pregunta, proteger dicho parque nacional, sin embargo, la explotación petrolera seguirá.
Como conclusión se desprende que varias preguntas serán inoficiosas en un momento de crisis económica que ha desencadenado que Ecuador acuda al agresivo endeudamiento internacional, tanto es así que el país acudió nuevamente a los mercado internacionales y el jueves 18 de enero de 2018 colocó bonos soberanos por tres mil millones de dólares a diez años plazo y a una tasa de 7.87%; por otra parte son los legisladores quienes deben realzar el trabajo que hoy se le encomienda al soberano.- No obstante y en definitiva es el pueblo quien tiene la última palabra y denota al mundo la profunda vocación democrática de dicho País o por lo menos, eso es lo que en apariencia se pretende mostrar.
DR. LUDWING ALVAREZ RENGIFO
Economista - Abogado
C.E.O. PROVISA Consultores Latinoamérica.
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